Emmanuel Egeonu
Escrito por: Emmanuel Egeonu · Redactor Financiero
Santiago Schwarzstein
Verificado por: Santiago Schwarzstein · Editor de Contenidos
Publicado: 20 de octubre de 2026Última actualización: 20 de octubre de 2026
En resumenLas ganancias de trading en Honduras tributan como renta ordinaria bajo el ISR con tasas progresivas del 0% al 25% según tramo de ingresos totales. El SAR aplica renta mundial: operar con broker extranjero no exime la declaración. Debes conservar reportes del broker convertidos a lempiras y comprobantes de transferencias internacionales.

Conclusiones clave

Preguntas frecuentes

Sí. El principio de renta mundial aplicable a residentes fiscales hondureños obliga a declarar las ganancias obtenidas con brokers extranjeros bajo el régimen general del ISR, con independencia de que el broker practique o no retención en origen.

El ISR persona natural se aplica por tramos progresivos del 0% al 25% marginal sobre la renta neta anual expresada en lempiras. La tasa efectiva depende del total de rentas gravables del ejercicio, no solo de las de trading.

Dentro del mismo ejercicio y de la misma categoría de renta sí es posible compensar pérdidas con ganancias. La deducción contra rentas de distinta naturaleza, como salarios, solo procede si la actividad está inscrita como actividad económica habitual con contabilidad formal.

Estados de cuenta mensuales del broker, reporte anual consolidado de operaciones, historial de depósitos y retiros, comprobantes bancarios de transferencias internacionales, facturas de gastos deducibles y hoja de conversión a lempiras al tipo de cambio aplicable.

La ley fija un mínimo exento anual para rentas de persona natural. Si la suma de todas las rentas gravables, incluidas las de trading, supera ese umbral, nace la obligación de declarar. Por debajo del umbral, la actividad sigue siendo declarable como información aunque no genere impuesto a pagar.

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